
Nueva Resolucion de Control para Cajas Comunales y Cajas de Ahorro
Quito, septiembre de 2025.
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) emitió la Resolución No. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INSESF-INFMR-INSEPS-INGINT-2025-0148, mediante la cual se aprueba la Norma de Control para la Constitución, Gobierno y Liquidación de Cajas Comunales y Cajas de Ahorro.
Esta disposición entrará en vigencia el 20 de noviembre de 2025.
🎯 Objetivo
Regular los procesos de creación, funcionamiento, supervisión y liquidación de las cajas comunales y de ahorro, promoviendo la transparencia, gobernanza responsable y sostenibilidad dentro del Sector Financiero Popular y Solidario (SFPS).
🏦 Aspectos principales
1️⃣ Constitución
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Las cajas deben formarse con mínimo 10 socios que mantengan un vínculo común verificable (comunitario, gremial, laboral o familiar).
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Solo podrán realizar operaciones con sus socios; no pueden captar fondos de terceros.
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La personalidad jurídica se otorgará por la SEPS una vez cumplidos los requisitos legales y técnicos.
2️⃣ Estructura interna
Las entidades deberán contar con los siguientes órganos:
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Órgano de Gobierno: Asamblea de socios, instancia máxima de decisión.
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Órgano Directivo: Encargado de la administración y políticas institucionales.
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Órgano de Control: Fiscaliza la gestión económica y el cumplimiento normativo.
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Representante Legal: Responsable de la gestión operativa y cumplimiento ante la SEPS.
3️⃣ Catastro y transparencia
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La SEPS mantendrá un catastro público con información actualizada de las cajas comunales y de ahorro.
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Los representantes legales están obligados a actualizar periódicamente los datos institucionales.
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Se clasifican en tres grupos según activos:
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Grupo 1: hasta USD 100.000
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Grupo 2: de USD 100.001 a USD 400.000
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Grupo 3: superior a USD 400.001
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⚖️ Requisitos para representantes y directivos
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Capacitación obligatoria en economía popular y solidaria, finanzas o administración.
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Cumplimiento de obligaciones económicas y ausencia de conflictos de interés o parentesco directo con otros vocales (excepto en cajas familiares).
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Los cargos tendrán una duración de tres años.
💰 Liquidación de las cajas
La norma define tres tipos de liquidación:
1️⃣ Voluntaria:
Aprobada por la asamblea general con el voto favorable de las dos terceras partes. Debe demostrarse que la caja puede cumplir todas sus obligaciones antes del cierre.
2️⃣ Forzosa:
Procede por disposición de la SEPS cuando:
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No se cumplan las obligaciones con los socios.
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Se omita información requerida por el organismo de control.
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Se suspendan operaciones sin autorización.
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Exista reducción del número mínimo de socios.
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Se detecten actividades no permitidas.
3️⃣ Judicial:
Dispuesta mediante sentencia ejecutoriada de un juez competente.
El proceso de liquidación podrá durar hasta dos años, prorrogable por un año adicional.
Los fondos no reclamados al finalizar se transferirán al Tesoro Nacional.
🚨 Sanciones y control
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria podrá imponer sanciones administrativas, económicas o de intervención a las cajas que:
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No se constituyan o adecuen conforme a la norma dentro de los plazos establecidos.
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No entreguen información veraz o incumplan con los reportes obligatorios.
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Obstaculicen las labores de supervisión.
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Incumplan las disposiciones de control interno, gobierno corporativo o prevención de lavado de activos.
Las sanciones pueden incluir desde amonestaciones y multas económicas hasta la suspensión o revocatoria del permiso de funcionamiento.
La SEPS también podrá verificar en cualquier momento la veracidad de la información y disponer intervenciones preventivas o procesos de liquidación forzosa.
⏳ Régimen transitorio
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Las cajas comunales, de ahorro y bancos comunales ya constituidos deberán adecuar sus estatutos y registrarse en el catastro público dentro de los 12 meses posteriores a la entrada en vigencia de la norma.
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Las cajas que operen sin registro formal podrán acogerse a un procedimiento extraordinario de constitución.
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Se mantiene una moratoria temporal: no se tramitarán nuevas constituciones hasta que la Junta de Política y Regulación Financiera levante la restricción vigente.
📅 Vigencia
La resolución entra en vigor el 20 de noviembre de 2025 y será publicada en la página oficial de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS).
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Buen día, entonces se puede seguir constituyendo cajas de ahorro en Ecuador o no?
Saludos, constituir cajas nuevas ya no es posible ya que existe moratoria, esta resolucion lo que si nos plantea es adecuar nuestras cajas de una manera mas formal y para eso hay dos opciones, para cajas que si se encuentreen registradas y pára cajas que no se hayan registrado en el catastro o hayan sido excluidas pero que hayan estado trabajando con minimo 6 meses de antelacion a la expedicion de esta normativa, para informacion mas detallada puede comunicarse con nosotros.
Disculpe si mi caja no está registrada en el listado de la SEPS pero si estoy trabajando ya 3 años tengo que hacer esto también?
Saludos cordiales de Lex Data Corporation. Toda caja en el país que esté trabajando debe realizar este proceso, de no realizarlo, puede enfrentar sanciones. Para analizar su caso más a fondo, puede comunicarse con nosotros de manera interna y con gusto le ayudaremos.